Para dar debido cumplimiento a la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, el Ayuntamiento pone en marcha el nuevo sistema para la recepción y gestión de facturas. Un nuevo registro contable de facturas que pretende estimular el uso de la factura electrónica y su gestión y tramitación telemática en el ámbito de las Administraciones Públicas.
¿Qué proveedores deben enviar sus facturas a través de este nuevo registro?
En principio cualquier proveedor del Ayuntamiento podrá enviar sus facturas a través de este nuevo registro, con independencia del importe de la factura.
Obligatoriamente deberán hacerlo, y siempre que el importe de la factura supere los 2.500,00 € (Impuestos Incluidos) los siguientes proveedores:
¿Qué datos necesitan del Ayuntamiento para emitir la Factura Electrónica?
Nuestro Ayuntamiento ha tenido que crear una unidad orgánica de tramitación, que, siguiendo la nomenclatura establecida en DIR3 es:
Unidad: LO1371921 Miranda de Azán
¿Cómo deben enviar las Facturas Electrónicas?
Los proveedores deberán acceder al siguiente enlace https://face.gob.es. A través de este portal enviaran telemáticamente las facturas pudiendo además, a través de él, consultar el estado de la tramitación.